Derecho Administrativo

Nulidad de las actuaciones de la AEAT sobre ejercicios respecto a los que ha prescrito su derecho a comprobar y liquidar. Trascendencia en el procedimiento penal

La STS 1182/2024, de 7 de enero de 2025 de la Sala de lo Penal (Ponente Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez) desestima el recurso de casación interpuesto por la AEAT contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz que confirmó la absolución de la acusada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Badajoz, respecto a un delito contra la Hacienda Pública.

Tiene especial trascendencia la sentencia por sus pronunciamientos respecto a los diferentes plazos de prescripción del delito y del derecho a liquidar de la Agencia Tributaria, y los efectos de una actividad administrativa encaminada a comprobar, investigar o liquidar ejercicios prescritos.

Consta probado que la acusada había vendido el 11 de diciembre de 2009 un terreno rústico con una condición resolutoria. Hasta la firma de la escritura en diciembre de 2009 la compradora había abonado a la vendedora un millón de euros del precio. Ante el incumplimiento de uno de los pagos aplazados, la acusada instó Seguir leyendo

Por Francisco Banqueri Moreno|2025-02-17T13:43:57+01:0017/02/2025|Derecho Administrativo, Derecho Penal, Procesal penal|

No existe desviación procesal cuando, recurrido inicialmente la desestimación presunta, se ha ampliado posteriormente el recurso a la resolución expresa

La STS (Sala de lo C-A, Sección 5ª) 1771/2024, de 6 de noviembre (Ponente: Excma. Sra. Dña. Ángeles Huet de Sande) resuelve sobre cuestión de interés casacional objetivo que se plantea a la Sala, reiterando su doctrina sobre la desviación procesal.

Recuerda que “en el proceso contencioso administrativo la delimitación del objeto litigioso se hace en dos escritos distintos: uno, el de interposición del recurso, en el que habrá de indicarse el acto o disposición contra el que se formula; y otro, el de demanda, en el que, con relación a aquellos actos o disposiciones, se deducirán las pretensiones que interesen, sin que sea lícito extenderlas a actos distintos de los inicialmente delimitados en el escrito de interposición, salvo que por la parte actora se hubiera solicitado formalmente la ampliación del objeto procesal prevista en el art. 36 LJCA, dando cumplimiento a los requisitos que en él se enuncian.”

Los arts. 34 y Seguir leyendo

Por Moreno Catena & Venturi Abogados|2025-01-07T13:11:12+01:0028/11/2024|Derecho Administrativo, Procedimiento contencioso-administrativo|

La Administración puede inadmitir un recurso por extemporáneo superado el plazo máximo para resolver, sin que quede vinculada por el silencio

La STS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2ª) 1574/2024, de 9 de octubre (Ponente: Excma. Sra. Dña. María de la Esperanza Córdoba Castroverde) resuelve sobre una cuestión que sucede en ocasiones como consecuencias de las patologías derivadas del silencio administrativo: Por un lado, ¿puede la Administración, superado el plazo para resolver, dictar resolución expresa inadmitiendo de forma extemporánea el recurso administrativo interpuesto y que se entendía desestimado por silencio administrativo negativo, que además había sido recurrido en vía judicial?

La respuesta de la Sala es que sí.

En el caso nos encontramos ante un recurso ante el TEAC declarado inadmisible por éste superado el plazo máximo de resolución, y una vez abierta la vía jurisdiccional. Entendía el recurrente que tal actuación constituía un caso de reformatio in peius (la expresa inadmisión del recurso es de peor condición que la desestimación presunta, pues impide pronunciarse sobre el fondo) y que la jurisdicción contencioso-administrativa no podía revisar Seguir leyendo

Por Moreno Catena & Venturi Abogados|2025-01-07T13:11:27+01:0026/11/2024|Derecho Administrativo, Procedimiento contencioso-administrativo|

La ineficacia de la cesión de derechos de crédito futuros contra la Administración

Se pronuncia la STS (Sala Tercera, Sección 3ª) 1329/2024, de 18 de julio (Ponente: Excma. Sra. Dña. María Isabel Perelló Doménech), respecto a la cesión de créditos públicos por un contratista y, en particular, sobre la validez de la cesión de los créditos futuros, aun no nacidos (en el caso, por certificaciones de obra posteriores a la cesión). El régimen de aplicación al caso es el contemplado en los arts. 216 y 218 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (2011) y artículo 200 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Se debate en la litis si los mandamientos de pago de la Administración Pública (notificada de la cesión) dirigidas al cedente en lugar de al cesionario tienen carácter liberatorio.

Como cuestión inicial, cabe recordar que la cesión de créditos por el contratista está expresamente prevista en el referido art. 218 del referido TRLCSP, si Seguir leyendo

Por Moreno Catena & Venturi Abogados|2025-01-07T13:11:43+01:0025/11/2024|Derecho Administrativo|
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