testigos

No son admisibles las preguntas a los testigos que afecten a su intimidad, salvo que se identifique una clara y directa finalidad defensiva

Nos interesa destacar, de la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 240/2025, de 13 de marzo (Ponente Excmo. Sr. D. Javier Hernández García) la cuestión que se aborda sobre la inadmisibilidad de las preguntas a un testigo que afectan al ámbito de su intimidad.

En un juicio sobre un delito de agresión sexual, el abogado de la defensa realizó una pregunta al testigo sobre el tipo de relación que mantenía con otra persona, con el fin de probar una posible causa espuria en la denuncia.

El Tribunal Supremo afirma que “los derechos a la intimidad y a la confidencialidad no quedan, con alcance general, suspendidos, reducidos o desplazados por la existencia de un proceso penal”.

Nos recuerda, en primer lugar, que el derecho a la prueba no se transmuta en un derecho incondicionado a que se practiquen todas aquellas que identifiquen relación con lo que es objeto del proceso, y que el test al que debe someterse la Seguir leyendo

Por Francisco Banqueri Moreno|2025-04-02T13:09:28+02:0002/04/2025|Procesal penal|

Sobre la forma de práctica de los interrogatorios a testigos y las restricciones al contraste de la declaración en el juicio oral con declaraciones sumariales

La STC 1144/2024, de 12 de diciembre de la Sala de lo Penal (Ponente Excmo. Sr. D. Javier Hernández García) analiza críticamente una práctica no infrecuente en los juicios orales consistente en realizar un interrogatorio a los testigos que previamente han declarado en instrucción, tomando como punto de partida las manifestaciones realizadas durante el sumario o incluso en fases preprocesales.

En ocasiones, cabe decir, incluso plantean algunas partes la ratificación por el testigo de lo declarado en fase de instrucción.

El Tribunal Supremo parte de que la posibilidad de que la declaración de un testigo sea contrastada con sus previas declaraciones sumariales, tiene un contorno muy estrecho, admitiéndose solo en el supuesto previsto en el art. 714 de la LECRIM y con el procedimiento que allí se contempla.

Éste establece que:

“Cuando la declaración del testigo en el juicio oral no sea conforme en lo sustancial con la prestada en el sumario, podrá pedirse la lectura de ésta por cualquiera de las partes.

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Por Francisco Banqueri Moreno|2025-02-18T10:11:09+01:0018/02/2025|Procesal penal|
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